Puntos clave del Webinar sobre Bonificación de Seguridad Social para Clubes Deportivos sin Ánimo de Lucro

Extracto

La reciente bonificación en las cuotas de Seguridad Social para entrenadores y monitores de clubes deportivos sin ánimo de lucro, regulada por la ley 7/24, representa un avance significativo para la regularización laboral en el sector. Esta medida permite a clubes, asociaciones y entidades deportivas reducir el coste de contingencias comunes (23,60%) para aquellos trabajadores que desarrollan su actividad exclusivamente con menores de 18 años. Entre los requisitos destacan la necesidad de estar registrado en el registro estatal o autonómico y la obligación de presentar una declaración responsable. Sin embargo, la bonificación excluye a entrenadores que trabajen con adultos y no es compatible con otras ayudas sociales. Aunque el proceso de tramitación no es automático, se espera que esta iniciativa contribuya a la estabilidad laboral en el ámbito deportivo, al mismo tiempo que podría modificar la figura del voluntariado en estas entidades.

Artículo

Introducción y contexto histórico

  • La bonificación en las cuotas de la Seguridad Social para entrenadores y monitores de clubes deportivos sin ánimo de lucro se recoge en la ley 7/24, aprobada en diciembre de 2024.
  • Este tipo de bonificación surge tras años de propuestas parlamentarias y está diseñada para regularizar la situación laboral de entrenadores y monitores que trabajan en entidades deportivas sin ánimo de lucro.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

  • Clubes, asociaciones y entidades deportivas sin ánimo de lucro.
  • El entrenador o monitor debe trabajar exclusivamente con menores de 18 años.
  • Las entidades deben estar registradas en el registro estatal o autonómico de entidades deportivas.

Requisitos para acceder a la bonificación

  • El trabajador debe estar contratado para actividades con menores de edad, no se permite una combinación con adultos.
  • Se aplica tanto para contratos nuevos como para transformaciones de temporales a indefinidos.
  • La bonificación solo afecta a las contingencias comunes (23,60%) y no incluye desempleo, formación profesional, Fogasa ni el 0,67% adicional por equidad.

Obligaciones de las entidades deportivas

  • Presentar una declaración responsable que acredite que el entrenador o monitor cumple con los requisitos.
  • El código de contrato para bonificación es el 9941.
  • El proceso no está automatizado, por lo que cada alta y baja requiere un trámite manual en Seguridad Social.

Limitaciones y excepciones

  • La bonificación no es aplicable si el monitor o entrenador trabaja con mayores de 18 años, ni siquiera parcialmente.
  • Es incompatible con otras bonificaciones de Seguridad Social como las vinculadas a discapacidad o sustitución por maternidad/paternidad.
  • Los monitores de campus de verano podrían beneficiarse siempre que el evento sea organizado por una entidad sin ánimo de lucro y los alumnos sean menores de 18 años.

Riesgos y controles futuros

  • No hay un sistema automatizado para verificar el cumplimiento, pero se prevén inspecciones futuras para comprobar las declaraciones responsables.
  • Si se detectan irregularidades, las entidades podrían enfrentarse a la pérdida de bonificaciones y posibles sanciones.

Impacto en el voluntariado

  • La regularización podría afectar a la figura del voluntariado en los clubes deportivos, dado que muchos monitores operan bajo esta modalidad para evitar el coste de la Seguridad Social.
  • Se anticipan posibles inspecciones para identificar voluntarios que en realidad actúan como trabajadores remunerados.

Reflexiones finales

  • La bonificación supone un ahorro importante para los clubes sin ánimo de lucro, pero requiere de un cumplimiento riguroso de los requisitos.
  • A largo plazo, esta medida podría ayudar a formalizar la situación laboral de muchos jóvenes que colaboran en el ámbito deportivo sin estar dados de alta en la Seguridad Social.

 

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